El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales varios artículos de la Ley de Extranjería que prohibían a los inmigrantes irregulares reunirse, asociarse, manifestarse y acceder a justicia gratuita.
Reunirse, asociarse, sindicarse y acceder a justicia gratuita y a la enseñanza no obligatoria , son derechos que hasta hace unos días podían ejercer todas las personas que viven en el Estado español excepto los inmigrantes en situación irregular debido a que la Ley de Extranjería aprobada en el año 2000 por el Gobierno del Partido Popular, prohibía estos derechos fundamentales a los extranjeros sin regularizar.
En su momento, organizaciones de derechos humanos en España se dirigieron al Defensor del Pueblo y a instituciones políticas para expresar su repulsa a esta normativa. Ahora, el Tribunal Constitucional ha dado la razón a estos recursos y ha declarado inconstitucionales varios artículos que establecían restricciones a los derechos de reunión, asociación y sindicación . Parte de estos artículos también impedían a las personas inmigradas sin regularizar tener asistencia jurídica gratuita y negaban a los menores inmigrantes sin regularizar y de entre 16 y 18 años gozar del derecho a la enseñanza no obligatoria.